Fuente : AGENCIA RODOLFO WALSH -
Resumen Latinoamericano y del Tercer Mundo
Anulada la doctrina 197/2006
Europa anula el alargamiento de condenas y abre otra fase en el proceso hacia el fin del conflicto
La doctrina de excepción que ha alargado las condenas de un centenar de presos toca a su fin. A las 11.30 en punto de ayer, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos hacía pública la esperada sentencia. Los 17 magistrados concluían que se han vulnerado los derechos de Inés del Río y exhortaban a su puesta en libertad. Contrariados, los ministros españoles asumieron el obligado cumplimiento del fallo.
ESTRASBURGO
El 28 de febrero de 2006, el Tribunal Supremo español no solo rechazó el recurso presentado por Unai Parot que impugnaba la manera en que se le habían aplicado las reducciones de pena, sino que establecía una jurisprudencia que desde entonces se ha aplicado a casi un centenar de vascos, extendiendo su estancia en prisión durante siete años en algunos casos. Pero dos años después del cese definitivo de la lucha armada de ETA, en un contexto nuevo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dicho basta. La cadena perpetua de facto toca a su fin en el Estado español, y así lo asumían, muy cariacontecidos y a regañadientes, los ministros de Interior y Justicia apenas hora y media después.
El caso de Inés del Río fue el primero en llegar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos después de recorrer todas las instancias judiciales españolas. Una tras otra, avalaron la doctrina 197/2006. Su recurso, presentado el 3 de agosto de 2009, se fundamentaba en que dicha decisión vulneraba los derechos recogidos en el artículo 7 y en el 5,1 del Convenio de Derechos Humanos. Así lo entendió Estrasburgo en primera instancia en julio de 2012 y así lo reafirmó ayer, con lo que la sentencia ya es firme y no caben más recursos. Solo ejecutarla.
Ante una expectación enorme tanto en Euskal Herria como en el conjunto del Estado español, a las 11.30 la Gran Sala europea, compuesta por diecisiete jueces y presidida por el luxemburgués Dean Spielmann, hizo pública una resolución que ratifica la ilegalidad de la doctrina. La noticia del fallo corrió como la pólvora y fue recibida con serena emoción por los familiares y allegados de los presos vascos, en cuatro concentraciones simultáneas. Las dudas legales se aclararon más pronto de lo previsto, y pronto el Gobierno español asumía públicamente su derrota jurídica.
Veredicto contundente
El fallo de la Gran Sala se divide en cuatro apartados. En los dos fundamentales el consenso ha sido casi total. En lo referido al artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, la evidencia de su quebrantamiento es apoyada por 15 de los 17 magistrados. En cuanto al artículo 5,1, existe unanimidad.
También se da la misma conformidad en lo que afecta a la obligatoriedad de la ejecución de la sentencia (art. 46). Así el Tribunal Europeo establece que las autoridades españolas deben garantizar la liberación Inés del Río «en el plazo más breve posible» (solo un juez se desmarcó).
Únicamente en la cuestión accesoria de la indemnización de 30.000 euros a la presa navarra por daños y perjuicios morales (art. 41) la opinión de los jueces está más dividida (10 a favor y 7 en contra). En cualquier caso, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, avanzó que la indemnización será destinada a compensar las que «en su día el Estado tuvo que satisfacer a las víctimas debido a la insolvencia de Del Río».
El propio Gallardón y su homólogo de Interior, Jorge Fernández Díaz, fueron los encargados de fijar la posición del Gobierno que dirige Mariano Rajoy tras el varapalo judicial. Lo hicieron con rostro muy serio, en una multitudinaria comparecencia en la que, tras la campaña diplomática desarrollada en los últimos meses, desviaron la aplicación de la sentencia de Estrasburgo hacia los tribunales españoles, y más concretamente hacia la Audiencia Nacional.
Obligado cumplimiento
Las líneas maestras de la respuesta del Ejecutivo se basan en: individualización de los casos, rechazo a cambiar la política carcelaria y amenaza de perseguir los eventuales actos de bienvenida a Inés del Río y a otros presos. Pero lo realmente sustancial de la comparecencia, y más aún tras las llamadas iniciales a la insumisión de algunas organizaciones ultras, estriba en la asunción de que el fallo es de obligado cumplimiento.
El matiz introducido aquí por los ministros es que corresponderá a los jueces evaluar cada recurso concreto. «No hay una doctrina generalizada», insistió Gallardón, que añadió que la forma de cumplir el dictamen «corresponde a los tribunales sentenciadores». «Tendrán que analizar caso por caso si resuelta aplicable. Hay que individualizar cada una de las peticiones y habrá que resolverlas», añadió. Sentado este procedimiento, el Ejecutivo sí que maniobrará, pero con escaso margen. Anuncia que desde la Fiscalía se realizará un «estudio profundo» sobre cada personas presa, tal y como indicó ayer el propio titular de Justicia.
Estrasburgo rechaza la doctrina 197/2006 por unanimidad y ordena poner en libertad a la prisionera política vasca Inés Del Río
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha desestimado el recurso del Gobierno español contra el fallo que dio a conocer en julio de 2012 y ha ratificado por unanimidad que la aplicación retroactiva de la sentencia 197/2006 a Inés del Río vulnera el artículo 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. De esta manera, Estrasburgo ordena la puesta en libertad «a la mayor brevedad posible» de la presa de Tafalla, que permanece encarcelada desde hace 26 años.
Naiz.info|Estrasburgo|2013/10/ 21
Estrasburgo
Dean Spielmann (derecha), presidente del Tribunal de Derechos Humanos, durante la lectura de la sentencia. (Frederick FLORIN/AFP)
Inés del Río ha visto alargada su estancia en prisión casi nueve años por la aplicación de la doctrina 197/2006.
La Gran Sala estima que la presa de Tafalla ha sido objeto de una detención «no regular» en violación del artículo 5.1 (derecho a la libertad y a la seguridad) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha ratificado el fallo a favor del caso de la presa política vasca Inés del Río, al considerar que la sentencia 197/2006 vulnera el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Estrasburgo ha fallado por 15 votos contra dos que «ha habido violación del artículo 7» de la Convención Europea de Derechos Humanos que establece que «no hay pena sin ley» que la avale. Además, por unanimidad, ha confirmado que desde el 3 de julio de 2008 la demandante ha sido objeto de una detención «no regular» en violación del artículo 5.1 (derecho a la libertad y a la seguridad), según la lectura de la sentencia final, en audiencia pública, que ha corrido a cargo del presidente del alto tribunal, Dean Spielmann.
La Gran Sala, por 16 votos contra uno, afirma que «vista la necesidad urgente de poner fin a las vulneraciones constatadas», corresponde a las autoridades españolas «garantizar» la liberación de la presa «a la mayor brevedad posible».
Aunque el TEDH admite en su sentencia que los estados son «libres de modificar su política criminal, sobre todo para reforzar la represión de crímenes y delitos», especifica que «eso no impide que deben respetar las reglas enunciadas en el artículo 7».
Según el fallo, Del Río «no podía prever» que se modificara la jurisprudencia con la denominada ‘doctrina Parot’, ni que «la Audiencia imputaría las redenciones de pena otorgadas a cada una de las penas impuestas por separado y no a la pena máxima de 30 años».
Estrasburgo ordena indemnizar a Del Río con 30.000 euros
Presa política vasca Inés del Río: deberá ser liberada de inmediato, tras la derrota judicial del gobierno español y su "justicia".
Por diez votos contra siete, la Gran Sala determina que el Estado debe abonar una indemnización de 30.000 euros en un plazo de tres meses a Inés del Río en concepto de «daños morales».
La resolución del TEDH cuenta con tres votos particulares que difieren «parcialmente» de la opinión de la mayoría, firmados por los jueces Marck Villiger (Liechtenstein), Elisabeth Steiner (Austria), Ann Power-Forde (Irlanda), Paul Lemmens (Bélgica), Valeriu Gritço (Moldavia), Paul Mahoney (Gran Bretaña) y Faris Vehabovic (Bosnia-Herzegovina).
Cuenta con un cuarto voto particular, que expresa un opinión concordante con la mayoría, firmado en esta ocasión por el magistrado chipriota George Nicolaou.
Primer recurso llegado a Estrasburgo
El de Inés del Río es el primer recurso contra la sentencia 197/2006, conocida como «doctrina Parot», que ha llegado al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
A la presa de Tafalla le aplicaron la citada medida en junio de 2008. Su defensa recurrió al TEDH invocando al artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que establece que no puede existir una pena sin ley que la avale. Además, denunciaba una aplicación retroactiva de la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
También sostuvo que su estancia en prisión es contraria al artículo 5, que contempla el derecho a la libertad y la seguridad, y apeló al artículo 14, que establece la prohibición por discriminación, y considera que la nueva jurisprudencia ha sido aplicada por los tribunales españoles con un objetivo político y para retardar la puesta en libertad de las personas condenadas por «terrorismo».
La tafallesa fue detenida el 5 de julio de 1987, por lo que lleva 25 años en prisión.
______________________________ ______________________________
Emoción contenida en la calle ante «una victoria de los derechos humanos»
Aplausos y gritos de «euskal presoak etxera», salpicados de abrazos, arreciaron en cuanto llegó la noticia del fallo contrario al alargamiento de condenas. Los convocantes pusieron palabras al sentimiento generalizado: «Hoy han ganado los derechos humanos y eso es positivo para toda la ciudadanía».
N. GOTI-A. ETXEBERRIA-M. DIAZ-I. SALGADO
Nadie tomó el micrófono para dar la noticia, bastó con que algunos de los que seguían en directo emisiones radiofónicas como la de InfoZazpi o las redes sociales comenzaran a levantar el pulgar para que las decenas de personas reunidas frente a la Delegación del Gobierno Civil en Bilbo aplaudieran al unísono la noticia que llegaba de Estrasburgo. A los aplausos siguieron los gritos de «Euskal presoak etxera!» y los carteles en alto con el lema de la movilización «Ordua iritsi da. Ni un minuto más». Digerida la recién llegada nueva, familiares de presos se fundieron en abrazos.
Probablemente las dificultades para encontrar aparcamiento a media mañana en Bilbo hicieron que la representante de Etxerat y chupinera de Aste Nagusia, Jone Artola, tuviera que recibir la noticia dando vueltas a la plaza Moyúa al volante, haciendo sonar el claxon y saludando a los congregados. Su hermano, Joseba Artola, debería estar en libertad desde 2006, pero su condena ha sido prolongada a 2016, en aplicación de la doctrina del Tribunal Supremo.
Los convocantes de la movilización tomaron la pancarta a mediodía. Representantes de Sortu como Hasier Arraiz, Pernando Barrena o Maribi Ugarteburu, y de las fuerzas coaligadas en EH Bildu como Oskar Matute, Pello Urizar o Dani Maeztu compartieron pancarta con la representación sindical: Ainhoa Etxaide (LAB), Arantza Fernández de Garaialde (STEE-EILAS) o Josu Balmaseda (ESK), entre otros. Se sumaron a la concentración Andrea Uña y Julia Madrazo, de EB-Berdeak.
«El principio del fin»
En nombre de la extensa y plural relación de agentes convocantes, tomaron la palabra Ibai Bilbao y Haizea Belza, para expresar, en euskara y castellano respectivamente, que la sentencia del TEDH es «una muy buena noticia», en «el plano humano, porque devolverá la libertad a personas que han pasado 20, 25 y hasta 30 años de su vida en la cárcel, y en el plano colectivo, porque supone el principio del fin de la política penitenciaria de excepción».
Destacaron que el vivido ayer era un momento que tenía que llegar «tarde o temprano», porque el Estado español «vulnera flagrantemente los derechos humanos de los presos», se sitúa «al margen de la legalidad internacional y su único objetivo es obstaculizar el proceso de resolución». Subrayaron que esta no es solo una buena noticia para la sociedad vasca, sino también para la española. «Por lo tanto, no podemos caer en un esquema de vencedores ni vencidos. Hoy han ganado los derechos humanos y eso es positivo para toda la ciudadanía».
Los alrededor de 30 firmantes resaltaron que a partir de este momento, «impedir o retrasar la libertad» de los presos que ya han cumplido su condena «supone alargar un castigo a todas luces injusto y fuera de la ley», e hicieron un llamamiento al Gobierno español a «invertir en la resolución y la paz».
Los abogados de la etarra Inés del Río pedirán la excarcelación de otros 55 presos de ETA
Los letrados de la etarra consideran que la mal llamada 'doctrina Parot' está muerta.
Duda de que el Gobierno se pueda negar a pagar los 31.500 euros de indemnización a Iés del Río.
Los abogados de la presa política vasca Inés del Río han asegurado hoy que van a solicitar la "inmediata" puesta en libertad de 56 reclusos a los que se ha aplicado retroactivamente la 'doctrina Parot', anulada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
En una rueda de prensa celebrada esta tarde en Bilbao en la sede del Colegio de Abogados de Bizkaia, los letrados han subrayado su "alegría y satisfacción completas" por el fallo de la Gran Sala del tribunal de Estrasburgo, que ha anulado hoy la 'doctrina Parot' en una sentencia favorable a la presa Inés del Río, interna en el penal coruñés de Teixeiro, de quien ha exigido su puesta en libertad.
La abogada Amaia Izko, que ha actuado como portavoz del equipo de letrados que ha llevado el caso de Inés del Río, ha subrayado que la 'doctrina Parot' "está muerta".
Ha destacado que el Gobierno debe "cumplir la sentencia" y que "no existe ningún margen jurídico" para no hacerlo.
"Toca poner en libertad a quien se ha aplicado retroactivamente la doctrina Parot inmediatamente. Cada minuto que continúan en prisión es un minuto de vulneración y desprecio de los derechos fundamentales", ha destacado.
La letrada ha cifrado en 56 los presos de ETA cuya excarcelación van a solicitar "con prontitud" en los próximos días.
Ha indicado que, en su sentencia, el tribunal europeo "constata que ha habido una vulneración de derechos fundamentales en el Estado español y una quiebra del estado de derecho", dos cuestiones que "han sido y son las bases de su política antiterrorista".
Ha resaltado que, tras la resolución judicial, "la alegría es mucha, pero llega muy tarde".
Sobre el pronunciamiento del Gobierno de que "el estado de derecho no está en suspenso", Amaia Izko ha dicho que "lo que está en suspenso son los derechos fundamentales, los derechos humanos, y esta mañana se lo ha dicho el Tribunal de Estrasburgo alto y claro".
La abogada ha señalado que, como criterio general, el tribunal de Estrasburgo ha determinado que "no se puede adoptar una interpretación contra reo y aplicarla retroactivamente para alargar la pena".
Ha considerado que, tras la resolución del tribunal europeo, "es el final del camino de la 'doctrina Parot', pero no es el final del camino de la vulneración de derechos fundamentales, porque en ella se basa la excepcionalidad" de las leyes que se aplican a los "presos políticos" de ETA, según la letrada.
Por ello, ha pedido al Gobierno que "termine inmediatamente con todas las medidas excepcionales hoy en día en vigor" aplicadas a estos reclusos.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario